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Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades – Ejercicio 2010

Las sociedades, salvo las que gocen de exención total en el IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, están obligadas a efectuar durante el transcurso del presente año pagos a cuenta como una forma anticipada de la cuota líquida que pueda llegar a resultar de aquel impuesto correspondiente al ejercicio 2010, o bien del ejercicio que esté en curso el día primero de cada uno de los períodos de pago en el caso de que el ejercicio no coincidiese con el año natural

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