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Operaciones vinculadas

     Seguimos pendientes de ver cómo se concretan las modificaciones anunciadas referentes a la simplificación de las obligaciones de documentación para las empresas con facturación inferior a los 8 millones de euros. La obligación de documentar todas las operaciones vinculadas, afecta ya al año 2009 del que en estos momentos se estan presentando las Cuentas Anuales y próximamente, en general durante el mes de julio, el Impuesto de Sociedades. El estado actual de esta cuestión es el siguiente:

 

  • Mediante el Real Decreto Ley 6/2010 de 9 de abril, de Medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo (BOE 13/04/2010), conocido también como las medidas del Pacto de Zurbano, se simplifican las obligaciones de documentación en determinadas operaciones vinculadas para las pequeñas y medianas empresas.

 

  • En particular, se excluye de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas a las empresas de reducida dimensión, siempre que el total de las operaciones realizadas en el período correspondiente con personas o entidades vinculadas no supere el importe conjunto de 100.000 euros de valor de mercado. No obstante, deberán documentarse en todo caso las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas que residan en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal, excepto que residan en un Estado miembro de la Unión Europea y el sujeto pasivo acredite que las operaciones responden a motivos económicos válidos y que esas personas o entidades realizan actividades económicas. 

 

  • El Gobierno, en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este real decreto-ley, tramitará la modificación de la normativa tributaria que regula las obligaciones de documentación de las operaciones entre personas o entidades vinuladas, para reducir las cargas formales a cumplir por las empresas, atendiendo fundamentalmente a los siguientes factores: que se trate de operaciones internas (no internacionales), que intervengan pequeñas y medianas empresas, que su importe no sea muy significativo y que no intervengan paraísos fiscales.

 

     En Agesa Consulting somos plenamente conscientes del trabajo que toda esta nueva normativa va a suponer para las empresas, del esfuerzo que entre todos deberemos hacer y del coste que todo ello va a suponer. Es por esta razón que en todos los casos en los que sea posible, esperaremos a que se conozca con exactitud el alcance limitativo de la obligatoriedad de documentar las operaciones vinculadas para aquellas empresas que finalmente puedan resultar afectadas, al objeto de no adelantar coste y esfuerzos que no sean estrictamente necesarios.Naturalmente, en nuestro despacho seguimos atentos a cualquier novedad y les mantendremos puntualmente informados.

 

 

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