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Actualidad
 
4-10-2010

Cambio de base de cotización de los autónomos.

Como cada año en estas fechas le recordamos que los trabajadores autónomos que así lo deseen pueden cambiar la base de cotización por la cual vienen cotizando, escogiendo otra dentro de las establecidas, siempre que se solicite antes del día 30 de septiembre del presente año.

La nueva base de cotización tendrá efectos a partir del 1 de Enero de 2011.


Les recordamos que dado que actualmente la base reguladora de la pensión de jubilación se obtiene del término medio de los 15 últimos años cotizados, la posibilidad de solicitar la base máxima general a partir de los 50 años está limitada, por lo tanto aquellos trabajadores autónomos interesados en cotizar por la base máxima tendrían que solicitarlo antes de cumplir los 50 años de edad.


La base máxima de cotización es de 3.198,00 €/mes y la base mínima de cotización es de 1.665,90 €/mes para los trabajadores autónomos que, en 1-1-2010, tengan una edad inferior a 50 años.


La base de cotización de los trabajadores autónomos que, en 1-1-2010, tuvieran 50 o más años cumplidos, estará comprendida entre las cuantías de 907,50 y 1.665,90 €/mes.


Si tiene interés en cambiar su base de cotización póngase en contacto con nosotros cuanto antes mejor (antes del 30 de septiembre) y le informaremos de todos los aspectos relacionados con el tema.
 
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